El Ministerio de Hacienda ha prorrogado para el ejercicio 2027 los actuales umbrales que permiten a los autónomos tributar por el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
El BOE ha publicado este jueves la orden ministerial por la que se fijan las condiciones de estos regímenes simplificados de los impuestos para el próximo año, que serán los mismos que están vigentes en este ejercicio.
De acuerdo con el texto, se mantiene para 2027 “la cuantía de los signos, índices o módulos” del IRPF, así como la reducción del 5% del rendimiento neto, al igual que prorroga los módulos e instrucciones para la declaración simplificada del IVA.
La reforma de la ley del IRPF de 2015 estableció que podrán acogerse al régimen de estimación objetiva o de módulos los autónomos con una facturación de hasta 150.000 euros anuales, pero amplió temporalmente este umbral hasta los 250.000 euros, un importe que se ha ido prorrogando desde entonces.
Además, el borrador de orden recoge una reducción fiscal excepcional del 10 % en el rendimiento neto aplicable a todas las actividades agrarias en el ejercicio fiscal 2026, a la que se suma una reducción del 35 % por la adquisición de gasóleo agrícola y otra del 15 % por la compra de fertilizantes, para “compensar el incremento del coste de determinados insumos”.